Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dejó sin efectos la sanción del Instituto Electoral Veracruzano por presuntos actos anticipados de campaña del PRI y de su candidato a gobernador Javier Duarte de Ochoa, pues el máximo tribunal en materia electoral confirmó que el abanderado de la coalición Veracruz para adelante nunca violó la ley.
Este miércoles, la Sala Superior del TEPJF desechó el recurso de inconformidad que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en protesta por la amonestación administrativa que el IEV aplicó al Partido Revolucionario Institucional y al candidato Javier Duarte de Ochoa para la gubernatura, y fue entonces que los magistrados electores exoneraron al priista y anularon la sanción del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano.
Así que la amonestación pública y la multa de 300 salarios mínimos quedaron sin efectos porque que se comprobó que los panistas hicieron acusaciones sin fundamento. En un revés jurídico, el TEPJF no sólo determinó improcedente la inconformidad de los panistas por el monto de la sanción, sino que revisó a fondo el procedimiento administrativo y resolvió que Javier Duarte de Ochoa nunca violó el Código Electoral para el Estado de Veracruz.
Al hacer el análisis del expediente en el pleno de la Sala Superior del TEPJF se determinó por unanimidad de votos que las acusaciones resultan infundadas e improcedentes, pues las instancias locales consideraron, de manera indebida, que se actualizaban los “supuestos actos anticipados de precampaña” atribuidos a Javier Duarte de Ochoa, sin tomar en cuenta que existían elementos que lo exoneraban y permitían deslindarlo.
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