Ninguna entidad federativa sanciona en su totalidad los 14 delitos sexuales que existen contra menores de edad. Según el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, alrededor de 100 niños y adolescentes son abusados en México mensualmente.
El delito de pederastia sólo está regulado en el estado de Veracruz, de acuerdo con el estudio de la Cámara de Diputados titulado: Los delitos sexuales contra menores de edad.
La sanción en esa entidad para la persona que cometa dicho delito está contenida dentro del artículo 182 y 183 de su código penal, el cual, establece: “Que aquel que ejecute con o sin consentimiento del menor, abuso sexual, se le impondrá prisión de 5 a 10 años de multa y hasta 250 días de salario”.
Según cifras del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, alrededor de 100 menores en México son víctimas de pederastia mensualmente.
El informe legislativo también señala que ninguna entidad federativa del país castiga en su totalidad los 14 delitos sexuales que se cometen contra los menores de edad.
La carencia de leyes en materia de abuso y acoso sexual, atentados al pudor, corrupción de menores, estupro, inseminación artificial, lenocinio, pederastia, prostitución, pornografía, trata de personas, turismo sexual, ultrajes a la moral pública y violación hacia menores de edad, demuestran la fragilidad y el desinterés que existe para abatir la violencia que vive la población infantil de nuestro país, señala la publicación.
Ante estos vacíos legales, el 19 de agosto se publicaron reformas en el Diario Oficial de la Federación para que se investiguen los delitos de corrupción de personas, pornografía, turismo sexual, lenocinio y pederastia.
Sin embargo, antes de que se presentaran dichas modificaciones, ya existían elementos regulatorios en materia penal a nivel federal, “los cuales no han servido en su conjunto para detener estas conductas criminales en contra de la integridad de los niños de nuestro país”, asegura el estudio elaborado por el Centro de Investigación y Análisis de la Cámara de Diputados.
La proliferación de legislaciones ambiguas han propiciado incluso que ni la descripción de los 14 delitos sea congruente, lo que resta uniformidad en el momento de establecer cuándo se considera delito una agresión que sufre un menor de edad.
El caso de la prostitución es representativo, pues sólo seis estados lo incluyen en su código penal, pero con significativas discrepancias.
Baja California Sur, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Tamaulipas son los estados que consideran la explotación sexual como delito.
En el caso del turismo sexual, se encuentra penado sólo en diez entidades y la sanción para aquellas personas que promuevan, faciliten o gestionen el turismo sexual no rebasa los 15 años de prisión.
En entrevista con MILENIO, Alejandro Jiménez Ornelas, académico del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, indicó que hay estudios que estiman una cifra de 25 mil niños que son explotados sexualmente al año, sin embargo, esos datos fueron originados hace una década.
Ornelas, quien se ha dedicado a la documentación de la explotación sexual infantil en Tijuana, Ensenada, el Distrito Federal y Morelos, y cuyos estudios han sido publicados por la Organización Internacional del Trabajo, relata un caso inquietante en Tijuana, donde un grupo de niños se organizó para ejercer esta práctica, liderados por un adolescente de 17 años.
El menor se dedicó a reclutar a una treintena de niños alrededor del país, después de haber escapado de un bar en Mexicali donde lo explotaban.
Los ultrajes a la moral pública hacia un menor de edad sólo están penados en cuatro estados: Baja California Sur, Campeche, Coahuila e Hidalgo, con sanciones de 3 a 10 años de cárcel.
Inclusive, los delitos que están regulados a nivel federal propician diversas lagunas.
“La regulación federal más que aclarar la situación, no establece en qué casos debe intervenir, ya que sigue vigente la facultad de atracción por parte de la federación en la Ley Contra la Delincuencia Organizada en delitos como pornografía y corrupción de menores, y sin la adecuada regulación no ha sido posible determinar cuál es el camino a seguir en muchos de los casos”, señala el estudio.
http://www.milenio.com/node/593702
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