
martes, 19 de octubre de 2010
Aceptará el Pentágono a reclutas abiertamente homosexuales

MILITARES IRÁN A JUICIOS CIVILES

De ser avaladas estas propuestas por el Congreso, el procedimiento penal militar se deberá armonizar con la Ley Federal de Acceso a la Información Pública gubernamental; el costo de esta reforma sería de 72 millones 730 mil 84 pesos
El presidente Felipe Calderón Hinojosa presentó al Senado de la República su iniciativa para modificar el fuero militar, que considera adecuar el artículo 57 del Código de Justicia Militar para excluir de la jurisdicción castrense los delitos de desaparición forzada de personas, la tortura y la violación.
“El Estado mexicano estará armonizando su legislación interna con lo previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como con la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas”, estableció el presidente Calderón.
La propuesta cumple con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sin vulnerar el bien esencial que protege la jurisdicción militar, es decir, la disciplina en las fuerzas armadas, pilar de funcionamiento de dichas instituciones, justificó Calderón en la exposición de motivos.
El mandatario explicó al Senado que así se cumple la sentencia del caso Rosendo Radilla, que obliga a México a acotar la jurisdicción militar en cuando a la protección de intereses jurídicos especiales, vinculados a las funciones propias de las fuerzas militares, esto es, a la comisión de conductas ilícitas que atentan contra la disciplina militar.
Tribunales y prisión
Los delitos mencionados serán competencia de tribunales del fuero federal, precisa el artículo 57 propuesto por el Presidente: “Cuando de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprenda la probable comisión de alguno de los contemplados en el párrafo anterior, inmediatamente el Ministerio Público Militar deberá, a través del acuerdo respectivo, desglosar la averiguación previa correspondiente, precisando las constancias o las actuaciones realizadas y remitirla al MP de la federación.
Las actuaciones que formen parte del desglose no perderán su validez, aún cuando en su realización se haya aplicado este código y con posterioridad el Código Federal de Procedimientos Penales”.
En el artículo 129, Calderón propone que los militares sujetos a proceso “deberán permanecer en prisiones militares y no podrán considerarse como tales los buques, cuarteles u oficinas militares” para salvaguardar su integridad física y “evitar que pudieran ser persuadidos para participar en los intereses de la delincuencia organizada”.
Los sentenciados a pena privativa de la libertad compurgarán sus penas en la prisión militar o cárceles del orden común o federal que determine la autoridad militar competente.
Obliga al Ministerio Público y a la nueva Policía Ministerial Militar —que actualmente se denomina Policía Judicial Militar— a realizar un registro inmediato de los detenidos.
Denuncia electrónica
La iniciativa sugiere incorporar el fax y el correo electrónico para las denuncias, por ser avances tecnológicos más rápidos, mismas que podrán ser de carácter anónimo para “incentivar” la presentación de quejas en contra de integrantes de las Fuerzas Armadas y contrarrestar la inhibición de acusaciones.
Además, Calderón sugirió que sea la Policía Ministerial Militar la que brinde protección a víctimas, ofendidos, jueces, magistrados, agentes del Ministerio Público Militar y de la policía en general en los casos que exista riesgo objetivo para su vida e integridad corporal.
Aumenta prescripción
De ser avaladas estas propuestas por el Congreso, el procedimiento penal militar se deberá armonizar con la Ley Federal de Acceso a la Información Pública gubernamental.
El costo de la aplicación de esta reforma sería de 72 millones 730 mil 84 pesos, según prevé la iniciativa presentada.
Asimismo, prevé aumentar la prescripción del delito de desaparición forzada hasta 35 años, para evitar la impunidad y considera la no aplicación en beneficio del responsable ni la amnistía, indulto o cualquier preliberación o sustituto de pena.
La pena propuesta para este delito es de 20 a 50 años de prisión cuando sea cometido por un servidor público, pero como también se puede imputar a particulares, y esta sería de 10 a 25 años de prisión.
http://tallapolitica.com.mx/
AI ve incompleta iniciativa para fuero militar

Amnistía Internacional señala que el Ejecutivo proponoe remitir a la justicia civil a soldados acusados sólo de tres delitos, y se preserva la justicia militar para tratar otros abusos
Amnistía Internacional lamentó que la iniciativa para reformar el fuero militar presentada al Senado ayer por el Ejecutivo sólo contempla la exclusión de algunas violaciones de derechos humanos de la justicia militar, y no cambia la forma en que las alegaciones de abusos se investigan.
La organización instó a los legisladores a alcanzar consenso en una modificación que reúna los elementos señalados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
"Sólo así el Congreso demostrará su compromiso para garantizar que no exista más impunidad en casos de abusos graves a los derechos y México cumplirá sus obligaciones en materia de derechos humanos", dijo en un comunicado.
Además de cuestiones acerca de "complicidad en abusos cometidos por otros o la desviación de la investigación penal podrían seguir siendo atendidos por la jurisdicción militar".
Es preocupante, explicó la organización internacional, el papel asignado al ministerio público militar para la determinación del delito en la investigación inicial para ser remitido a la justicia civil en caso de que se configuren los elementos del tipo penal.
"En efecto, este mecanismo puede actuar como un candado que permita bloquear la actuación de la justicia civil, incluso en los mismos delitos que quedan excluidos de la justicia militar mediante esta iniciativa".
Detalló que las tres sentencias emitidas hasta la fecha por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de Radilla Pacheco, Fernández Ortega y Rosendo Cantú "trataban de casos en que el ministerio público militar no logró encontrar los elementos para proceder contra los implicados precisamente por los delitos de desaparición forzada, tortura o violación".
Además, en otros casos recientes documentados por Amnistía Internacional "en que miembros del ejército han estado implicados en delitos como ejecución extrajudicial, tortura y desaparición forzada", dijo, el ministerio público militar "ha negado reconocer la evidencia de dichos delitos".
"Tales casos no llegarán a la justicia civil para ser investigados y procesados de manera imparcial e independiente, razón por la cual los derechos de las víctimas seguirán siendo vulnerados", dijo AI.
Recordó que el pasado mes de septiembre Amnistía Internacional envió un memorándum al gobierno, legisladores y al Poder Judicial acerca de la obligación del Estado mexicano por cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Las sentencias, dijo, son claras al requerir que la reforma al Código de Justicia Militar debe reunir ciertos criterios específicos:
- La "jurisdicción penal militar ha de tener un alcance restrictivo y excepcional";
- Que "en el fuero militar sólo se debe juzgar a militares activos por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar";
- Que "tomando en cuenta la naturaleza del crimen y el bien jurídico lesionado, la jurisdicción penal militar no es el fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos sino que el procesamiento de los responsables corresponde siempre a la justicia ordinaria".
http://www.eluniversal.com.mx/notas/717381.html