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jueves, 22 de julio de 2010

Despenalizan calumnia en Veracruz

A la par se establecieron mecanismos para el pago de indemnizaciones a ciudadanos –quedaron excluidos los funcionarios públicos- que comprueben que se cometió daño moral en su contra

El pleno del Congreso del Estado de Veracruz, aprobó por mayoría de votos la despenalización de los delitos de calumnia y difamación para garantizar la libertad de expresión.

A la par se establecieron mecanismos para el pago de indemnizaciones a ciudadanos –quedaron excluidos los funcionarios públicos- que comprueben que se cometió daño moral en su contra e incluso se obligará a los medios de comunicación a ofrecer disculpas.

A propuesta del gobernador Fidel Herrera Beltrán y durante sesión ordinaria, los diputados derogaron del Código Penal esos delitos y reformaron el Código Civil para crear una acción autónoma de compensación del daño moral en materia civil.

Los legisladores locales eliminaron del Código Penal el delito de difamación, calumnia y el Capítulo denominado “Disposiciones Comunes para los Delitos contra la Dignidad”.

En contra parte, reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Código Civil, para precisar la forma en que podrá hacerse efectiva la reparación del daño moral e incorporar a la legislación veracruzana el derecho de rectificación y respuesta.

Con ello se garantizará de forma proactiva la reparación del daño a toda persona que se vea afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de los medios de difusión y tendrá derecho el afectado a que la rectificación o respuesta se efectúe por el mismo medio y en la misma proporción.

La reparación del daño moral mediante una indemnización económica será determinada por el juez, tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, las condiciones económicas y sociales del que daña.

Pero se establecerá un límite, a fin de evitar un posible enriquecimiento desproporcionado a causa de ello, pues su objeto es que a la persona que haya sufrido el daño, se le proporcione una indemnización equilibrada y justa.

Y dicha indemnización no podrá ser superior a cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica que corresponda.

Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, el juez ordenará, a petición de ésta y con cargo al responsable, la publicación de un extracto de la sentencia a través de los medios informativos que considere convenientes.

En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original.

En este apartado se protegerá a los medios de comunicación ante acusaciones de funcionarios públicos, para evitar que la difamación pueda ser utilizada para inhibir la crítica ciudadana.

De tal forma que quedó establecido que no procederá la reparación del daño moral a los servidores públicos afectados por opiniones o información difundida a través de los medios de comunicación, a no ser que se pruebe que el acto se realizó con malicia efectiva, es decir consistente en que la difusión se haya hecho a sabiendas de su falsedad con el único propósito de dañar.

http://www.eluniversal.com.mx/notas/697136.html

jueves, 15 de julio de 2010

Piden cárcel por espiar a policías en Veracruz

De aprobarse la propuesta se permitiría imponer prisión de seis a 15 años de prisión y multa de hasta 400 días de salario a quien aceche, vigile o realice actividades de espionaje sobre la ubicación, actividades, operativos o labores de policías

El gobernador de Veracruz, Fidel Herrera Beltrán, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para castigar con cárcel el espionaje en contra de las fuerzas policiacas que participan en operativos contra la delincuencia.

Durante sesión ordinaria del Poder legislativo, se dio entrada a la propuesta del mandatario estatal para reformar el apartado de los Delitos Contra la Seguridad del Estado del Código Penal del Estado.

Se turnó a comisiones la propuesta del Ejecutivo Estatal que busca proteger a los elementos de instituciones de Seguridad Pública, persecución, investigación, sanción del delito o de ejecución de penas.

De aprobarse la propuesta se permitiría imponer prisión de seis a 15 años de prisión y multa de hasta 400 días de salario a quien aceche, vigile o realice actividades de espionaje sobre la ubicación, actividades, operativos o labores de elementos de corporaciones policiacas.

Si se trata de servidores públicos, establece la propuesta, las penas señaladas se agravarán hasta en una mitad más, y se impondrán la inhabilitación para el desempeño de empleo, cargo o comisión públicos, hasta por el término de quince años.

Herrera Beltrán explicó que en la lucha incesable contra el crimen organizado, se ha observado ahora la posible infiltración de informantes dentro de las estructuras de las instituciones de Seguridad Pública, que persiguen anunciar con antelación los movimientos de estas instituciones.

Recordó que espiar, conforme a su significado, es la tarea de acechar, observar con disimulo, filmar, fotografiar, grabar u observar de modo clandestino objetos, conversaciones, personas o documentos.

“Sin duda, estas actividades producen un mayor daño cuando están dirigidas contra las instituciones encargadas de procurar la seguridad pública”, expuso y dijo que por eso decidió presentar la iniciativa de reforma.

Se busca, abundó, establecer mecanismos legales eficaces que permitan que Veracruz siga siendo un Estado seguro y con legislación penal de vanguardia, sobre todo en su Código Penal.

http://www.eluniversal.com.mx/notas/695707.html